Disposición Tipo de comprobación Criterio de aceptación Observaciones
4.1 Documental El patrón cumple cuando presenta evidencia documental de que cuenta con un responsable de seguridad y salud en el trabajo que lleve a cabo las funciones y actividades establecidas en el Capítulo 5. Puede presentar documento de nombramiento (interno o mixto) o contratación (externo).
4.1.1 Entrevista El patrón cumple cuando, mediante entrevista, se constate que él asume las funciones y actividades preventivas de seguridad y salud a que se refiere el Capítulo 5. Esta disposición sólo aplica en los centros de trabajo con menos de cien trabajadores.
4.2 Documental El patrón cumple cuando presenta evidencia documental de que al responsable de seguridad y salud en el trabajo se le proporcionan:

Ø Las facilidades para ingresar a las diferentes áreas del centro de trabajo para identificar los factores de peligro y la exposición de los trabajadores;

Ø La información relacionada con la seguridad y salud en el trabajo de los procesos, puestos de trabajo y actividades desarrolladas por los trabajadores, y

 

Ø Los medios y facilidades necesarios para establecer las medidas de seguridad y salud en el trabajo para la prevención de los accidentes y enfermedades de trabajo.

Si el responsable de seguridad y salud en el trabajo es el patrón, no se requiere documento alguno para demostrar el cumplimiento con esta disposición.


En caso contrario, el documento de designación para el responsable de seguridad y salud en el trabajo, habrá de especificar que al responsable de seguridad y salud en el trabajo se le proporcionen los elementos a que se refiere el numeral 4.2.
 

4.3 y 6.1 Documental El patrón cumple cuando presenta un diagnóstico integral o por áreas de trabajo de las condiciones de seguridad y salud del centro laboral, elaborado de acuerdo con lo que establece el numeral 6.1, que al menos identifique:

Ø Las condiciones físicas peligrosas o inseguras que puedan representar un riesgo en las instalaciones, procesos, maquinaria, equipo, herramientas, medios de transporte, materiales y energía;

Ø Los agentes físicos, químicos o biológicos capaces de modificar las condiciones del medio ambiente del centro de trabajo que, por sus propiedades, concentración, nivel y tiempo de exposición o acción, pueden alterar la salud de los trabajadores, así como las fuentes que los generan;

Ø Los peligros circundantes al centro de trabajo que lo puedan afectar, cuando sea posible, y

 

Ø Los requerimientos normativos en materia de seguridad y salud en el trabajo que le resulten aplicables.

El patrón podrá apoyarse y presentar como evidencias del cumplimiento de las obligaciones establecidas en los numerales 4.3 y 6.1 de la presente Norma, el reporte “Resultados de la Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, que se obtiene del recuadro “Documento de resultados”, en la pantalla “Resultados de la evaluación”, del módulo informático “Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, contenido en la dirección electrónica www.stps.gob.mx.
4.4 y 4.4.1 Documental El patrón cumple cuando presenta un programa o una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud, actualizado al menos una vez al año.  
4.4 y 7.1 Documental El patrón cumple cuando presenta un programa de seguridad y salud en el trabajo, elaborado con base en el diagnóstico a que se refiere el Capítulo 6, que al menos contenga:

Ø La acción preventiva o correctiva por instrumentar por cada aspecto identificado;

Ø Las acciones y programas de promoción para la salud de los trabajadores y para la prevención integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridades competentes;

Ø Las acciones para la atención de emergencias y contingencias sanitarias que recomienden o dicten las autoridades competentes;

Ø Las fechas de inicio y término programadas para instrumentar las acciones preventivas o correctivas y para la atención de emergencias, y

 

Ø El responsable de la ejecución de cada acción preventiva o correctiva y para la atención de emergencias.

El patrón podrá apoyarse y presentar como evidencias del cumplimiento de las obligaciones establecidas en los numerales 4.4 y 7.1 de la presente Norma, el reporte “Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo”, que se obtiene del recuadro “Programa de actividades”, en la pantalla “Resultados de la evaluación”, del módulo informático “Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, o bien el reporte “Programa para el Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, que se obtiene del recuadro “Programación de fechas y responsables”, en la pantalla “Compromisos Programáticos para el Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, del módulo informático “Elaboración de Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, ambos contenidos en la dirección electrónica www.stps.gob.mx.
4.4.1 y 7.2 Documental El patrón cumple cuando presenta una relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, elaborada con base en el diagnóstico a que se refiere el Capítulo 6, que al menos contenga:

Ø La acción preventiva o correctiva por instrumentar por cada aspecto identificado;

Ø Las acciones y programas de promoción para la salud de los trabajadores y para la prevención integral de las adicciones que recomienden o dicten las autoridades competentes;

Ø Las acciones para la atención de emergencias y contingencias sanitarias que recomienden o dicten las autoridades competentes, y

Ø Las fechas de inicio y término programadas para instrumentar las acciones preventivas o correctivas y para la atención de emergencias.


 
El patrón podrá apoyarse y presentar como evidencias del cumplimiento de las obligaciones establecidas en los numerales 4.4.1 y 7.2 de la presente Norma, el reporte “Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo”, que se obtiene del recuadro “Programa de actividades”, en la pantalla “Resultados de la evaluación”, del módulo informático “Evaluación del Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, o bien el reporte “Programa para el Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, que se obtiene del recuadro “Programación de fechas y responsables”, en la pantalla “Compromisos Programáticos para el Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, del módulo informático “Elaboración de Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, ambos contenidos en la dirección electrónica www.stps.gob.mx.
4.5 Documental o entrevista El patrón cumple cuando demuestra que comunica a la comisión de seguridad e higiene y/o a los trabajadores, según aplique, el diagnóstico integral o por áreas de trabajo de las condiciones de seguridad y salud y el contenido del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo. Es válido que se presente como evidencia documental del cumplimiento, folletos, videos, carteles o cualquier otra documentación.

Para acreditar el cumplimiento mediante entrevista, se tendrá por aceptado cuando el 90 por ciento del personal entrevistado conozca el diagnóstico de las condiciones de seguridad y salud y el programa de seguridad y salud en el trabajo o la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo.

4.6 Registros El patrón cumple cuando presenta los reportes de seguimiento de los avances en la instauración del programa de seguridad y salud en el trabajo o de la relación de acciones preventivas y correctivas de seguridad y salud en el trabajo, según aplique. El patrón podrá apoyarse y presentar como evidencias del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el numeral 4.6 de la presente Norma, el reporte “Seguimiento del Programa para el Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, que se obtiene del recuadro “Seguimiento de Cumplimiento de Indicadores”, en la pantalla “Seguimiento del Programa para el Cumplimiento de la Normatividad en Seguridad y Salud en el Trabajo”, del módulo informático “Elaboración de Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo”, contenido en la dirección electrónica www.stps.gob.mx
4.7 Documental El patrón cumple cuando demuestra que al personal de la empresa que forme parte de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo, se le capacita en las funciones y actividades que establece la presente Norma. El patrón podrá presentar como evidencia del cumplimiento de la capacitación, los diplomas, certificados, constancias de habilidades, sus programas de capacitación, así como las constancias obtenidas por haber cursado los talleres en la modalidad e-learning, del Aula Virtual del Programa de Capacitación a Distancia para Trabajadores, PROCADIST, en la dirección electrónica www.stps.gob.mx.